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Contratar tu primer empleado como autónomo o pyme: costes reales trámites y bonificaciones en 2026

¿Cuánto le cuesta realmente a la empresa contratar a un empleado?

Uno de los errores más frecuentes entre autónomos y pequeñas empresas que dan el paso de contratar es confundir el salario bruto del trabajador con el coste real que asume el empleador. La realidad es que el coste empresa es notablemente superior al sueldo que aparece en la nómina.

En 2026, la cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa representa aproximadamente un 30,5 % sobre la base de cotización del trabajador. Este porcentaje se desglosa en contingencias comunes (23,60 %), desempleo (5,50 % en contratos indefinidos o 6,70 % en temporales), FOGASA (0,20 %), formación profesional (0,60 %) y, en su caso, el seguro de accidentes según la actividad. Por tanto, si contratas a alguien con un salario bruto de 1.800 €/mes, el coste total para tu empresa puede rondar los 2.350 € mensuales, incluyendo pagas extraordinarias prorrateadas. Planificar bien este dato es fundamental antes de firmar cualquier contrato.

En Horus Firm ayudamos a autónomos y pymes a calcular con precisión el impacto en su tesorería antes de formalizar cualquier contratación, evitando sorpresas que puedan comprometer la viabilidad del negocio.

Modalidades de contrato más habituales en 2026

Tras la reforma laboral de 2021, el contrato indefinido se ha consolidado como la modalidad predominante en el mercado de trabajo español, y en 2026 esta tendencia continúa. El contrato temporal solo está permitido en supuestos muy concretos: sustitución de un trabajador con reserva de puesto, circunstancias de la producción de carácter ocasional e imprevisible, o actividades con fecha de finalización determinada.

El contrato fijo-discontinuo es especialmente útil para negocios con actividad estacional, como hostelería, comercio o turismo, ya que permite llamar al trabajador solo cuando existe actividad sin necesidad de extinción del contrato entre periodos. Por otro lado, el contrato de formación en alternancia está pensado para jóvenes de hasta 30 años que compaginan empleo y formación, y conlleva bonificaciones significativas en cuotas de Seguridad Social.

Elegir bien la modalidad contractual no es solo una cuestión legal, sino también económica. Una contratación mal formalizada puede derivar en sanciones de la Inspección de Trabajo o en costes de despido no previstos. Si tienes dudas sobre qué tipo de contrato se adapta mejor a tu situación, en Horus Firm te asesoramos de forma personalizada.

Bonificaciones vigentes en 2026 para incentivar la contratación

El Sistema de Bonificaciones y Reducciones de Cuotas a la Seguridad Social ofrece en 2026 incentivos relevantes para que autónomos y pymes contraten con menor carga económica, especialmente cuando se trata de colectivos con mayores dificultades de inserción laboral.

Entre las bonificaciones más destacadas figuran las aplicadas a la contratación indefinida de jóvenes de entre 16 y 29 años inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que pueden llegar a reducir hasta 275 € mensuales en la cuota empresarial durante tres años. Para desempleados de larga duración mayores de 45 años, la bonificación puede alcanzar los 110 € mensuales durante tres años en el caso de mujeres, y cantidades similares para hombres. Además, la contratación de personas con discapacidad o en situación de exclusión social sigue siendo uno de los supuestos con mayores incentivos del sistema.

Es importante recordar que estas bonificaciones se gestionan de forma automática a través del sistema RED de la Seguridad Social, pero deben activarse correctamente desde el momento de la contratación. Un error en la codificación del contrato o en la comunicación del colectivo puede suponer la pérdida de las bonificaciones. Contar con un asesor laboral especializado, como el equipo de Horus Firm, garantiza que no dejes dinero sobre la mesa.

Trámites ante el SEPE y la Seguridad Social: paso a paso

Contratar a tu primer empleado implica cumplir una serie de obligaciones administrativas con plazos estrictos. El proceso comienza con el alta del trabajador en la Seguridad Social, que debe realizarse con carácter previo al inicio de la actividad laboral a través del sistema RED o de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Si la empresa aún no tiene asignado un Código de Cuenta de Cotización (CCC), deberá solicitarlo antes de proceder al alta del trabajador.

A continuación, el contrato de trabajo debe comunicarse al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en un plazo máximo de 10 días hábiles desde su formalización, mediante la plataforma Contrat@. Si el trabajador estaba percibiendo prestación por desempleo, es imprescindible también comunicar la baja en dicha prestación para evitar cobros indebidos que podrían reclamarse posteriormente al empleador.

Mensualmente, el empresario deberá presentar las liquidaciones de cuotas a la Seguridad Social a través del Sistema de Liquidación Directa (SLD), conocido como CRETA, que calcula automáticamente las cuotas a partir de los datos del contrato y el salario. Además, deberá retener e ingresar el IRPF del trabajador mediante el modelo 111 trimestral y el resumen anual modelo 190.

Gestionar correctamente todos estos trámites desde el primer día es esencial para evitar recargos, sanciones o problemas con la Inspección de Trabajo. En Horus Firm nos encargamos de todo el proceso para que tú puedas centrarte en hacer crecer tu negocio.

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