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BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO MODELO 7202021-05-26T17:58:57+00:00

Bienes y Derechos en el Extranjero Modelo 720

El Modelo 720 es una de las declaraciones que ha causado revuelo en los últimos años al aplicar sanciones que, muchas ocasiones, resultan desproporcionadas, sobre todo a la hora de omitir datos o llenar de forma errada el formulario.

El servicio que ofrecemos en Horus Firm te permite conocer tu situación patrimonial en el extranjero más el carácter de obligatoriedad de su presentación a tiempo. La asesoría incluye la verificación de modelos anteriores que no hayan sido entregados.

Evita sanciones fiscales, ponte en contacto con nosotros y despeja todas las dudas que tengas sobre el Modelo 720.

¿Quién está obligado a presentarlo?

  • Las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español.
  • Los establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades no residentes.
  • Las entidades a las que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria (herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptibles de imposición).

¿Qué sanciones puede haber si no lo presento?

Si no se presenta el modelo 720 se pueden imponer importantes sanciones, la sanción por no presentar la declaración o hacerlo con errores u omisiones es de 5.000 euros por dato o grupo de datos y la sanción por presentarla fuera de plazo es de 100 euros por dato, con un mínimo de 10.000 y de 1.500 euros respectivamente.

Además, estas infracciones no siempre prescriben. Por otro lado, hacienda puede considerar que los bienes en el extranjero son ganancia patrimonial no justificada y cobrar por el IRPF o por el IS una cuota superior, además de la sanción del 150% sobre la cuota.